Auto Supremo AS/0567/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0567/2017-RA

Fecha: 10-Ago-2017

5)Reclamó la errónea aplicación de la ley adjetiva, prescrita en el art


5)Reclamó la errónea aplicación de la ley adjetiva, prescrita en el art. 365 del CPP, porque la Sentencia concluyó en que la prueba aportada era suficiente para generar en el Tribunal convicción sobre la supuesta responsabilidad penal, siendo que la misma prueba además de ser ilegal de ninguna manera podía generar esa convicción, por lo que se inobservó los arts. 363 incs. 1) y 2) del CPP, en sentido que debió dictarse sentencia en su favor y no condenatoria o por lo menos más benevolente, siendo el primer supuesto delito cometido por su persona; sin embargo, el Auto de Vista solo se limitó a decir que era un premio al sentenciarle a tres años, debiendo tenerse presente que no se explicó en qué consistió la antijuricidad y culpabilidad con relación al desvalor de la acción en sentido de afectar el bien jurídico protegido y la propia supuesta participación criminal en grado de autoría que se le pretende atribuir, por lo que el Tribunal no cumplió con lo prescrito en el art. 173 del CPP, en lo que se refiere a la obligación que tenían de asignar el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba. Se ha incurrido en defectuosa valoración de la prueba; empero, el Tribunal de alzada pretende validar esa actuación ilegal del Tribunal inferior