En cuanto a los motivos primero y tercero, en el que el recurrente cuestiona que
En cuanto a los motivos primero y tercero, en el que el recurrente cuestiona que el Auto de Vista recurrido se dictó encontrándose pendiente un recurso de apelación incidental de pérdida de competencia, por lo que considera que la Sentencia no podía haberse resuelto; y, que el Tribunal de apelación rechazó su solicitud, respecto a la pérdida de competencia del Tribunal integrado únicamente por los Jueces Técnicos, pronunciando fundamentos no acordes a los datos del proceso y no acordes a la normativa procesal penal vigente, se advierte que los referidos agravios, al tener fundamentos única y exclusivamente referidos a cuestiones incidentales inherentes al cuestionamiento de la competencia de las autoridades jurisdiccionales que conocieron la presente causa, no es posible que este Tribunal pueda ejercer su labor nomofiláctica de la jurisprudencia, debido a que los referidos planteamientos desconocen la naturaleza jurídica del recurso de casación, que está destinado exclusivamente a efectuar un control de derecho sobre los fundamentos del Auto de Vista que haya resuelto una apelación restringida, que únicamente procede contra las Sentencias, conforme se desprende del art. 407 última parte del CPP, no siendo posible que amplíe su competencia fuera del marco legal para analizar cuestiones incidentales, cuyo último recurso (cuando menos en la vía ordinaria) constituye la apelación incidental, ni mucho menos para discurrir sobre las omisiones de los jueces inferiores, antes de dictarse la Sentencia; en consecuencia, los referidos motivos son inadmisibles
- Por memoriales presentados el 20 y 27 de marzo de 2017, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- El Auto de Vista recurrido, en el considerando quinto, con referencia al punto uno de
- El Auto de Vista, hace mención a que el hecho se produjo con dos armas
- II.2. Recurso de casación de Freddy Pablo Casthelo Peñaranda
- consistentes en defectos de la Sentencia que ameritaban el pedido de anular totalmente la Sentencia
- Agrega que, pese a que la Jueza de Instrucción en lo Penal, no remitió ninguna
- 3)Previa relación de antecedentes procesales desde la radicatoria de la causa ante el Tribunal de
- sobreviniente, que no se encontraba debidamente fundamentada por el incidentista, que invoca una supuesta pérdida
- 4)Con el Auto de Vista que confirma la Sentencia de primera instancia, se violentó el
- 5)Reclamó la errónea aplicación de la ley adjetiva, prescrita en el art
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos; especificando en qué
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se establece, que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- IV.1. Del recurso de casación de Cesar Jimmy Rúa Robles
- A lo largo del referido medio de impugnación, el recurrente aduce de manera genérica y
- constituye incumplimiento de la exigencia procesal prevista en los arts
- Ahora bien, en cuanto a la simple alusión que efectúa sobre la lesión del debido
- IV.2. Del recurso de casación de Freddy Pablo Casthelo Peñaranda
- En cuanto a los motivos primero y tercero, en el que el recurrente cuestiona que
- En el segundo motivo, el recurrente incurre en una argumentación genérica, que no permite tener
- Finalmente, en el quinto motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, respecto
- Al respecto, se advierte que el recurrente con igual ausencia de argumentación recursiva suficiente, omite
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
