Por memoriales presentados el 17 y 18 de junio de 2014, cursantes de fs
Parte Imputada: Jorge Fernando Tuto Quiroga Ramírez
Delitos: Difamación y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 17 y 18 de junio de 2014, cursantes de fs. 1297 a 1315 vta. Jorge Fernando Tuto Quiroga Ramírez; y, de fs. 1317 a 1325 el Banco Unión S.A., representado por René V. Arzabe Soruco, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 021/2014 de 26 de febrero de fs. 1240 a 1243 vta. y el Auto Complementario de 2 de junio de 2014 de fs. 1269, pronunciados por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido entre partes, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injurias, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
Delitos: Difamación y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 17 y 18 de junio de 2014, cursantes de fs. 1297 a 1315 vta. Jorge Fernando Tuto Quiroga Ramírez; y, de fs. 1317 a 1325 el Banco Unión S.A., representado por René V. Arzabe Soruco, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 021/2014 de 26 de febrero de fs. 1240 a 1243 vta. y el Auto Complementario de 2 de junio de 2014 de fs. 1269, pronunciados por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido entre partes, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injurias, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
- Parte Acusadora: Banco Unión S.A
- Por memoriales presentados el 17 y 18 de junio de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jorge Fernando Tuto Quiroga Ramírez (fs
- c)Por diligencias 11 de junio de 2014 (fs
- De la revisión de los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes
- 1)Después de referir el derecho a la libertad de expresión en el marco del Pacto
- 2)Alega en relación al delito de Injurias, que en el Auto de Vista impugnado, el
- 3)Argumenta que existe inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, porque tanto el Juez
- 4)Refiere que el Auto de Vista impugnado, excedió los límites legales de las penas previstas
- 5)Por último, alega falta de fundamentación en la imposición de la pena por parte del
- II.2.Del recurso de casación del Banco Unión S.A
- La parte recurrente alega que el Tribunal de alzada cometió error al fundamentar que las
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que los recurrentes fueron notificados el 11 de
- IV.1.Respecto al recurso de casación de Jorge Fernando Tuto Quiroga Ramírez
- Del contenido del memorial de casación del imputado, se advierte que los cuestionamientos que formula
- IV.2. En cuanto al recurso de casación del Banco Unión S.A
- La entidad recurrente alega que el Tribunal de alzada cometió error al fundamentar que las
- Así sintetizado el motivo planteado, se evidencia que el cuestionamiento de la entidad recurrente está
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
