Auto Supremo AS/0593/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0593/2017

Fecha: 14-Ago-2017

Se debe tomar en cuenta las suspensiones de audiencias ocasionadas por la impetrante, particularmente respecto


Se debe tomar en cuenta las suspensiones de audiencias ocasionadas por la impetrante, particularmente respecto a la de dos de julio de 2013, pues pese a estar legalmente notificada no hubiera comparecido a la audiencia señalada, generando que el Ministerio Público solicite la declaratoria de rebeldía tal cual consta a fs. 120; aspecto que, conllevó una dilación por las emergencias de la publicación de los edictos que se realizó en el caso de autos, además que la referida declaratoria de rebeldía se constituye en una causal de interrupción del término de prescripción conforme lo establece el art. 31 del CPP, por lo que corresponde nuevo cómputo para la prescripción desde la referida fecha