Auto Supremo AS/0603/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0603/2017

Fecha: 18-Ago-2017

Añade, que si bien el plazo de la prescripción correría a partir de la media


Añade, que si bien el plazo de la prescripción correría a partir de la media noche del 6 de agosto de 2008, este vencería a los ocho años conforme prevé el art. 29 inc. 1) del CPP; es decir, habría vencido el 7 de agosto de 2016