Auto Supremo AS/0608/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Ahora bien, de ambos antecedentes se advierte que el recurrente realiza una denuncia sobre falta


Consecuentemente, este Tribunal de Alzada no considera que el Juez a-quo no hubiere individualizado respecto a la participación de los imputados y menos que hubiere omitido la valoración probatoria y motivación en la Sentencia impugnada. Siendo en consecuencia improcedente la impugnación formulada por Constancio Ricaldez Cano.” (sic).

Ahora bien, de ambos antecedentes se advierte que el recurrente realiza una denuncia sobre falta de motivación de la sentencia en apelación restringida y en casación alega que supuestamente no tuvo una respuesta debidamente fundamentada en el Auto de Vista impugnado; sin embargo, de la revisión prolija de la estructura de la apelación restringida, se evidencia que el motivo ahora reclamado se ubica en el punto 1 de su apelación restringida, haciendo en ella alusión precisamente a que la sentencia no se encontraba debidamente motivada conforme a la exigencia del art. 124 del CPP, ni contaba con determinados presupuestos como la fundamentación descriptiva, la fundamentación fáctica, la fundamentación analítica o intelectiva y la fundamentación jurídica; denotando en su planteamiento una total falta de técnica argumentativa, en inobservancia de lo establecido por el art. 408 del CPP, que establece un conjunto de requisitos de contenido que deben observarse en la formulación del recurso de apelación restringida, como la cita concreta de disposiciones legales que se consideren violadas o erróneamente aplicadas y la expresión de cuál la aplicación pretendida, con indicación separada de cada violación con sus fundamentos, ello considerando que la obligación de la debida fundamentación es extensible no sólo para el Juzgador o Tribunal; sino también, para las partes que hacen uso de los medios de impugnación previstos en la norma procesal penal, quienes tienen como carga argumentativa: exponer de forma clara, precisa y coherente los agravios que considera lesivos