Auto Supremo AS/0608/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


No obstante lo señalado, se advierte que el Tribunal de Alzada dio una respuesta proporcional al planteamiento del recurrente en su apelación restringida, identificando inclusive el Considerando, en el que el Juez se Sentencia individualizó la responsabilidad penal de cada uno de los imputados y cuál la participación del recurrente en el hecho acusado; al asumir que se encontraba en posesión de 8 gramos de sustancias controladas sin que se haya demostrado en el juicio que era consumidor, de lo que se establece que la denuncia del recurrente no es evidente al no existir vulneración de principios, derechos y garantías constitucionales; en consecuencia, el presente recurso deviene en infundado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Constancio Ricaldez Cano