Auto Supremo AS/0654/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0654/2017-RRC

Fecha: 31-Ago-2017

IV)Ante la invocación de vulneración del art


IV)Ante la invocación de vulneración del art. 370 inc. 5) del CPP, analizado detalladamente el contenido del recurso de apelación restringida, se tiene que sería una nueva alegación de los apelantes, situación que no está permitida por el primer párrafo del art. 399 del CPP, pues con el memorial que subsana y/o corrige defectos de un recurso de apelación restringida, no se corre en traslado o pone en conocimiento de contrario, siendo por ello que no se puede admitir mayores o nuevas invocaciones, porque se dejaría en desigualdad de condiciones e indefensión a la otra parte, argumento respaldado por Auto Supremo 174/2013 de 19 de junio