II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Luego de referir a los antecedentes del proceso, en el punto 2 bajo el rótulo de “agravios sufridos por el Auto de vista 82/2016” cuestiona la aplicación del art. 687 del Código de Procedimiento Civil acusando como errónea aplicación, pues basaría en la teoría de Morales Guillén en la aplicación de la referida norma. Sin embargo dice, cita a Guillermo Borda que al referirse a la Ley como fuente primera y fundamental del Derecho y a la doctrina carecería de toda fuerza obligatoria. Concluye que contrario a lo anterior se habría aplicado principalmente la Doctrina como fuente del derecho y no la ley, desconociendo dice su carácter imperativo, aplicando erróneamente el art. 687 CPC
Luego de referir a los antecedentes del proceso, en el punto 2 bajo el rótulo de “agravios sufridos por el Auto de vista 82/2016” cuestiona la aplicación del art. 687 del Código de Procedimiento Civil acusando como errónea aplicación, pues basaría en la teoría de Morales Guillén en la aplicación de la referida norma. Sin embargo dice, cita a Guillermo Borda que al referirse a la Ley como fuente primera y fundamental del Derecho y a la doctrina carecería de toda fuerza obligatoria. Concluye que contrario a lo anterior se habría aplicado principalmente la Doctrina como fuente del derecho y no la ley, desconociendo dice su carácter imperativo, aplicando erróneamente el art. 687 CPC
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por Néstor Julián Álvarez Quispe por memorial de fs
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por otro lado dice con relación a la incongruencia entre la demanda y la Sentencia
- Con relación al error de apreciación de las prueba, que las demandantes señalarían que el
- Que interpone recurso de casación en sujeción a lo previsto por el art
- De la respuesta al recurso de casación
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Referente a la Rendición de Cuentas emergente del mandato este Tribunal Supremo emitió entendimiento al
- Asimismo en el Auto Supremo Nº 1236/2016 de 28 de octubre en el que se
- Asimismo el art
- A su vez, Fernández Gómez Leo en su obra Tratado Teórico-Práctico de Derecho Comercial en
- En relación al “per saltum”
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Bajo ese antecedente no existe incongruencia entre la demanda y la Sentencia como refiere el
- En cuanto al último punto reclamado como “error en apreciación de la prueba”, la norma
- Por lo anterior, no existiendo sustento alguno en los argumentos explanados en su recurso de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
