Auto Supremo AS/0830/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0830/2017

Fecha: 15-Ago-2017

…La sociedad conyugal envuelve la idea de comunidad tocante a su aspecto económico, en atención

…La sociedad conyugal envuelve la idea de comunidad tocante a su aspecto económico, en atención a la cualidad de comunes de los bienes adquiridos durante el matrimonio (arts. 101, 111, 112, 113, 127 del c.f.) y es además causa de ella, porque concluida la comunidad de gananciales, nace una verdadera comunidad de los bienes, que permanecen proindiviso en los casos señalados por el art. 123 del c.f. hasta su distribución. Respecto a lo anterior cita como jurisprudencia el siguiente razonamiento: “Mientras no se efectúa la partición, la masa o acervo hereditario es de dominio común de todos y cada uno de los herederos” (G.J. Nº 1591, p.135)