Auto Supremo AS/0833/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0833/2017

Fecha: 15-Ago-2017

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2.- Señala también que el Auto de Vista incurre en casación en el fondo por aplicación indebida de la ley ya que al indicar nuestra mandante que no le vendió nada a la demandante está confesando espontáneamente y por ello tiene el valor que le asigna el Art. 404.I del CPC., ya que sólo se hace referencia al desconocimiento del error en la ubicación del inmueble rematado y a la responsabilidad de la Alcaldía de Tolata y no se puede basar una determinación judicial conforme a una supuesta declaración espontánea, tanto más si el Parágrafo I del citado Artículo indica el paso a una confesión judicial provocada que no se ha realizado