Auto Supremo AS/0833/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0833/2017

Fecha: 15-Ago-2017

POR TANTO

POR TANTO.- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.III num.1) inc. a) en relación al art. 106 ambos del Código de Procesal Civil, ANULA obrados hasta fojas 323 sin reposición, vale decir hasta el proveído de admisión de la demanda que resulta ser objetivamente improponible conforme se tiene expuesto