Auto Supremo AS/0857/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0857/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir fallo conforme a lo previsto en el

En consecuencia, al ser evidente lo acusado por los recurrentes de que en el caso de autos si correspondía interponer la demanda de usucapión decenal así como el hecho de no constituirse el documento privado de transferencia de fs. 3 y vta., en un documento idóneo, es que amerita enmendar la nulidad dispuesta por los Jueces de Alzada, quienes deberán ingresar a considerar y resolver los reclamos acusados en el recurso de apelación que fue interpuesto por la parte demandada.
Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir fallo conforme a lo previsto en el art. 220.III del Código Procesal Civil