Auto Supremo AS/0868/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0868/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Expresa que si las parte han convenido a que el documento surtiría efectos luego de

Expresa que si las parte han convenido a que el documento surtiría efectos luego de su reconocimiento y dicho acto se ha producido en la vigencia del matrimonio, de donde se concluye que sus efectos no nacen en la elaboración o firma en si de la minuta sino desde su reconocimiento