Sobre lo cuestionado diremos que a más que la construcción realizada por el demandado dentro
Sobre lo cuestionado diremos que a más que la construcción realizada por el demandado dentro del inmueble objeto de reivindicación haya sido efectuada sin autorización como refiere la recurrente, la misma demandante ha reconocido que el demandado ha realizado construcciones precarias en el bien inmueble, aspecto que considero el Tribunal de Alzada, en mérito a que en el recurso de apelación, el demandado ha reclamado la devolución de importe de las mejoras que haya introducido en el bien motivo del litigio, en ese sentido el Tribunal de Alzada ha considerado que en la audiencia de inspección judicial el abogado de la parte actora detalló consignando un muro perimetral, garaje, pilares, puertas. De ahí que a fin de determinar si estas mejoras introducidas, han elevado el valor económico del bien o resultan siendo ilegales para ser destruidas las mismas serán averiguadas en ejecución de Sentencia
- Distrito: Oruro
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. DEL CONTENIDO DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
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- De la respuesta al recurso de casación
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Sobre este punto este Tribunal desarrollando los alcances del principio de verdad material en cuanto
- Teniendo presente lo expresado en sentido que a través del principio de progresividad se
- III.2.- Del principio de razonabilidad
- De la jurisprudencia extractada se puede advertir que a la luz del nuevo Modelo Constitucional,
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre el particular diremos que la parte recurrente cuestiona que el poseedor no sería de
- Sobre lo reclamado diremos que si bien en la contestación a la demanda la parte
- Sobre lo cuestionado diremos que a más que la construcción realizada por el demandado dentro
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
