Auto Supremo AS/0871/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0871/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Sobre lo reclamado diremos que si bien en la contestación a la demanda la parte

Sobre lo reclamado diremos que si bien en la contestación a la demanda la parte demandada, no refirió como acción reconvencional el pago de las mejoras introducidas en el bien inmueble que es objeto de reivindicación, sin embargo, indicó que posee en forma pacífica e ininterrumpida desde el año 2006 y que realizo una construcción e instalación de servicios básicos como ser luz eléctrica con el ánimo de acogerse a la regulación de derecho propietario, aspecto que también fue constatado por el Juez Ad quo en la inspección judicial cursante a fs. 77 y vta., de obrados, realizada al bien inmueble donde el abogado de la parte demandada indicó que en el bien existen construcciones ilegitimas consistentes en un amurallamiento ilegal, construcción de garaje, pilares puerta y otro garaje y una construcción y por la prueba testifical de descargo cursante 79 a 81 vta., de obrados