En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional, elaboró los presupuestos de una posible nulidad conforme a la doctrina de los principios procesales, por ello se hace indispensable que el operador de justicia cuando tome una decisión anulatoria verifique a luz de estos esa disposición como última opción; en ese cometido podemos manifestar que el Principio de Especificidad o Legalidad, se encuentra establecido en el art. 105-I de la Ley Nº 439 que establece que “Ningún acto o trámite judicial será declarado nulo si la nulidad no estuviere expresamente determinada por la Ley”; criterio de nulidad específico, pero esta no se concibe en el principio de legalidad en su forma pura, sino en una forma mucho más amplia y flexible, atenuada, acorde a las necesidades de la práctica forense y con mayor criterio de juridicidad, misma sustancia se aprecia de la primera parte del parágrafo II del artículo precitado
- Proceso: Cumplimiento de contrato y pago de daños y perjuicios
- Distrito: Chuquisaca
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- II
- Refiere, de la misma manera, que la documental de fs
- Agrega, que lo más relevantes que, por un lado, las modificaciones o ampliaciones nunca comprendieron
- Por todo lo anotado, manifiesta que de alguna manera, se incurre en falsedad al indicar
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Si bien anteriormente el régimen de la nulidad de obrados, se encontraba orientado a un
- Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
- Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
- En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
- El Principio de Trascendencia y el Principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
- El Principio de Protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
- El fundamento del Principio de Convalidación es que una persona que es parte del proceso
- Asimismo el Principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
- Criterio ya sustentado en el A
- En el Auto Supremo Nº 1115/2015 de 04 de diciembre, reiterando la línea jurisprudencial asumida
- Respecto a lo anterior, el art
- El art
- Asimismo, el art
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En este acápite su denuncia resulta siendo genérica y abstracta, porque no precisan que “directrices
- IV
- En el caso de autos, la parte ahora recurrente de forma incoherente acusa falta de
- De inicio, sobre la primera parte de su denuncia, donde acusa violación, interpretación errónea y
- Por otro lado, en relación a su denuncia de error de hecho y de derecho
- Sin embargo, al haber el Ad quem revocado la Sentencia y declarado en lo principal
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
