Auto Supremo AS/0887/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0887/2017

Fecha: 25-Ago-2017

En este acápite su denuncia resulta siendo genérica y abstracta, porque no precisan que “directrices

En este acápite su denuncia resulta siendo genérica y abstracta, porque no precisan que “directrices de la tramitación de los procesos” habrían sido infringidos y en qué estado de la causa; por otra parte, tampoco precisan de manera clara y concreta que disposiciones constitucionales, leyes y reglamentos de manera específica infringiría el Auto de Vista, y en qué puntos o partes del Auto de Vista se evidenciarían dichas infracciones, menos concreta cual la aplicación que pretende, pues estas especificaciones deben hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales anteriores, ni suplirse posteriormente, incumpliendo de esta manera los requisitos de contenido y de procedencia del recurso de casación taxativamente previstos por el numeral 3 parágrafo I del art. 274 del Código Procesal Civil, lo que no permite considerar su acusación por su deficiente interposición