Al respecto, remitiéndonos a la doctrina aplicable desarrollada en el presente caso de autos, corresponde
Al respecto, remitiéndonos a la doctrina aplicable desarrollada en el presente caso de autos, corresponde referir que “la valoración de la prueba” es facultad privativa de los Tribunales de instancia, a menos que se denuncie “error de derecho o error de hecho en la valoración de la prueba”, sin embargo, los errores referidos son diferentes, por lo que correspondía al impugnante cumplir en especificar en qué consiste el error, pues estas especificaciones deben hacerse precisamente en su denuncia y no fundarse en memoriales o escritos anteriores ni suplirse posteriormente, conforme preceptúa el art. 274.I-3) del Código Procesal Civil
- Proceso: Rescisión del contrato de transferencia por lesión enorme
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
- Refiere que el Auto de Vista ha desconocido totalmente los lineamientos constitucionales que hacen a
- II
- II.2. En el fondo
- Refiere, que a fs
- Manifiesta que de los antecedentes que informa el expediente, se evidencia avalúos periciales de fs
- Expresa que más aún, en una clara parcialidad a favor de los apelantes omiten de
- Refiere que estas confesiones judiciales espontáneas al tenor de los arts
- Agrega que se nota la vulneración al principio de congruencia de parte del Tribunal de
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- III.1. Sobre la nulidad procesal
- Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
- Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
- En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
- El Principio de Trascendencia y el Principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
- El Principio de Protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
- El fundamento del Principio de Convalidación es que una persona que es parte del proceso
- Asimismo el Principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
- Criterio ya sustentado en el A
- III.2. Respecto al derecho de motivación y fundamentación
- III.4. Respecto a las causales y requisitos de procedencia del recurso de casación
- Respecto a lo anterior, el art
- En el orden que fue interpuesto el recurso de casación, corresponde absolver el mismo, de
- En la primera parte de su denuncia acusa la supresión del derecho a la tutela
- IV.1.2. Respecto a su denuncia de vulneración del art. 261 del Código Procesal Civil
- IV.2. En el fondo
- La parte recurrente, en este acápite en una misma relación de hechos cuestiona la valoración
- Al respecto, remitiéndonos a la doctrina aplicable desarrollada en el presente caso de autos, corresponde
- Respecto a lo anterior, se hace necesario además señalar que el recurso de casación se
- En el presente acápite, correspondía a la parte ahora recurrente cuestionar solo el error in
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
