Auto Supremo AS/0675/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0675/2017-RRC

Fecha: 04-Sep-2017

2)No se aplicó el principio constitucional de congruencia por el juzgador; puesto que, cuando se


2)No se aplicó el principio constitucional de congruencia por el juzgador; puesto que, cuando se analizó la subsunción de la conducta al tipo penal, el Auto de Vista impugnado estableció que el despojo se habría producido invadiendo y expulsando a los ocupantes; sin embargo, esos presuntos hechos no habrían sido denunciados en la acusación respecto a sus personas, lo que develó la vulneración del principio de la congruencia, al no haber coherencia entre la acusación y la sentencia, incurriendo en lo previsto por el art. 370 inc. 11) del CPP