Por memorial presentado el 27 de junio de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 717/2017
Sucre, 15 de septiembre de 2017
Expediente: La Paz 56/2017
Parte Demandante: Franz Álvarez Morales
Parte Demandada: Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de
Justicia de La Paz
Recurso: Compulsa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de junio de 2017, cursante de fs. 160 a 161 y de 167 a 168, Franz Álvarez Morales, interpone Recurso de Compulsa contra el decreto de 25 de Mayo de 2017 a fs. 138 vta., emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro de la acción penal interpuesta por Jorge Yampassi en su contra, por la presunta comisión de los delitos de Uso de Instrumento Falsificado, Abuso de Firma en Blanco y Falsedad de Documento Privado, previstos y sancionados por los arts. 203, 336 y 200 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 717/2017
Sucre, 15 de septiembre de 2017
Expediente: La Paz 56/2017
Parte Demandante: Franz Álvarez Morales
Parte Demandada: Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de
Justicia de La Paz
Recurso: Compulsa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de junio de 2017, cursante de fs. 160 a 161 y de 167 a 168, Franz Álvarez Morales, interpone Recurso de Compulsa contra el decreto de 25 de Mayo de 2017 a fs. 138 vta., emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro de la acción penal interpuesta por Jorge Yampassi en su contra, por la presunta comisión de los delitos de Uso de Instrumento Falsificado, Abuso de Firma en Blanco y Falsedad de Documento Privado, previstos y sancionados por los arts. 203, 336 y 200 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 27 de junio de 2017, cursante de fs
- El recurrente alega que la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La
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- d)El recurrente mediante memorial de 2 de junio de 2017 (fs
- e)Por diligencia de 13 de junio de 2017 (fs
- Por otra parte, el art
- Por otra parte, el actual Código de Procedimiento Penal con cuya vigencia se puso en
- En mérito a lo expuesto, se concluye que no existe disposición legal que regule recursos
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, declara INADMISIBLE el recurso de compulsa
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
