6)Denuncia vulneración al principio de congruencia, referido a la correspondencia entre lo acusado y resuelto,
5)Acusa que el Auto de Vista impugnado, no consideró las denuncias efectuadas en el recurso de apelación restringida, con relación a las contradicciones de la Sentencia que sostuvo que la acusación no demostró el contenido fáctico de la acusación; la Sentencia, en cuanto a la prueba de cargo, señala que se habría reproducido fotocopias simples, de forma desordenada, sin foliación, borrosas y sin numeración, pero que el Tribunal admitió esta prueba, así como la prueba extraordinaria; que en su declaración el acusado confesó la falsedad del documento sobre el lote de terreno sobre el que carece de derecho propietario, siendo más que evidente el medio engañoso que se traduce en delito, cuyo desconocimiento constituye en un vicio procesal absoluto, únicamente remediable con la anulación total de la Sentencia. Cita el Auto Supremo 307 de 11 de junio de 2003
6)Denuncia vulneración al principio de congruencia, referido a la correspondencia entre lo acusado y resuelto, más aun entre lo apelado y lo resuelto. Alude que la acusación, denota el nexo causal entre el acusado y los documentos judicializados, por los que con conocimiento, el acusado ofreció una garantía hipotecaria mediante documentos falsos, pero este contenido no fue desmenuzado en sus partes. Cita el Auto Supremo 320 de 14 de junio de 2003, añadiendo, la aplicación del principio de congruencia, cuando se observa que la acusación es suficientemente clara para contextualizar los hechos, su resultado y arribar a una conclusión razonada y fundamentada que genere seguridad jurídica, pero el Tribunal de apelación no resolvió los puntos apelados, limitándose a la transcripción de partes del recurso de apelación restringida, sin realizar ninguna valoración y considerar los extremos denunciados
- Por memoriales presentados el 14 de junio de 2017, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencias de 7 de junio de 2017 (fs
- De la revisión de los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes
- 1)La recurrente, denuncia: i) que el proceso se llevó a cabo sin cumplir los requisitos
- 3)Acusa que el Auto de Vista impugnado, no se encuentra fundamentado, al no establecer los
- 4)Denuncia que la parte considerativa (tercera, cuarta y quinta) de la Sentencia, no traduce la
- 6)Denuncia vulneración al principio de congruencia, referido a la correspondencia entre lo acusado y resuelto,
- II.2. Recurso de casación de Zenón Gutiérrez Copa
- Falsificación Material o Ideológica de Documentos, por lo que no es pertinente considerar este tipo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte, que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- IV.1. Del recurso de casación de Elba Wigger Ibañez
- En cuanto al primer motivo, la recurrente denunció que el proceso se llevó sin la
- Asimismo, se aludió la presunta vulneración del debido proceso que podría provocar defectos absolutos insubsanables,
- Con relación al segundo motivo, señaló que la acusación demostró los hechos en base a
- En el tercer motivo, denuncia falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado al no
- Por otro lado, se ha hecho referencia a la falta de fundamentación en los razonamientos
- Como cuarto motivo, denunció defectuosa valoración probatoria al no haberse realizado una mención individualizada de
- En el quinto motivo, acusó que el Auto de Vista impugnado, no consideró las contradicciones
- En el sexto motivo, acusó vulneración al principio de congruencia en cuanto a la correspondencia
- IV.2. Del recurso de casación de Zenón Gutiérrez Copa
- En cuanto al planteamiento realizado por el recurrente, es de extrañar que en la relación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
