Auto Supremo AS/0009/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0009/2018

Fecha: 23-Ene-2018

Este aspecto, tampoco amerita la nulidad de obrados, porque se trata de un aspecto procesal

Este aspecto, tampoco amerita la nulidad de obrados, porque se trata de un aspecto procesal que fue adecuadamente fundamentado por la representación de la empresa demandada y resuelto tanto en primera instancia como en apelación al momento de resolver la causa, sin que se hubiese incurrido e indefensión y menos en incumplimiento de una norma procesal de orden público y cumplimiento obligatorio que ameritaba la nulidad de obrados, en mérito a la aplicación de los principios de legalidad y trascendencia que rige las nulidades, correspondiendo desestimarse también esta segunda causal de nulidad alegada en el recurso