Situación similar ocurrió al no “substanciar” la inspección, que fue propuesta en plazo y sin
Situación similar ocurrió al no “substanciar” la inspección, que fue propuesta en plazo y sin observación, prueba, que pudo diligenciarse aún fuera del plazo, pero antes de sentencia
- Demandado : Empresa Minera La Solución LTDA
- I
- Rechazando por Autos de 23 de enero de 2015 (fs
- II.1.1.- En el la forma
- Situación similar ocurrió al no “substanciar” la inspección, que fue propuesta en plazo y sin
- Denunció también que el Auto de Vista, incurrió al momento de valorar la prueba, en
- Afirma que en una relación civil, sometida a “dirimisión”, al estar constitucionalmente protegida, pueda desmerecerse
- En el caso presente, el tribunal de alzada incurre en errores, desvíos de las leyes
- 2
- El tribunal de alzada prescindió de la misma, alegando que se había instrumentalizando la impersonería
- Alega que si bien, no se puede argumentar falta de personería, al no existir fallo
- Por ello, en el caso, evidenciándose el incumplimiento de normas procesales, se abre la posibilidad
- II.1.2.- En el fondo
- Fundamenta que si bien la causal de despido prevista en el art
- En el caso presente, si bien se reconoció por el juez, que existió abandono de
- Concluyó el memorial solicitando que se tenga presentado el recurso y se conceda, remitiendo el
- Dándose por notificados con el memorial de recurso de casación, citaron y transcribieron los arts
- III
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fojas 1743 a 1749 vta
- Por consiguiente corresponde estimar la nulidad de obrados, cuando se identifica claramente que en la
- Por otra parte, respecto de la aplicación de las normas sustantivas previstas por el Código
- Por último, en materia laboral, en aplicación de los arts
- Fundamentación del caso concreto: En el caso presente se ha alegado dos causales de nulidad
- Estas normas, conforme se tiene puntualizado líneas arriba, se pueden considerar en el marco de
- En ese entendido, respecto del primer argumento contenido en el recurso sobre el presunto rechazo
- En el caso presente, revisando el expediente, se advierte que la Relación Procesal fue determinada
- Por otra parte, también se advierte que en el otrosí 1º del escrito de fs
- Esta determinación judicial, tampoco fue objetada ni cumplida por la representación de la empresa demandada,
- Ahora el recurrente pretende que en mérito a los documentos de reciente obtención aparejados al
- Por otra parte, se establece, previa revisión minuciosa del expediente que la aludida impersonería no
- Este aspecto, tampoco amerita la nulidad de obrados, porque se trata de un aspecto procesal
- Doctrina legal aplicable
- Sin embargo, en aplicación del art
- Fundamentación del caso concreto: En el caso presente se ha alegado como causal de casación
- Revisando detenidamente el expediente, se advierte que es evidente que existió un abandono masivo
- Por consiguiente, al se establece que en el curso del proceso se evidenció el abandono
- IV
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se regula el honorario profesional del abogado patrocinante en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
