Auto Supremo AS/0302/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2018

Fecha: 01-Oct-2018

En el recurso de casación en el fondo de fs

En el recurso de casación en el fondo de fs. 872 a 876 vta., interpuesto por Miriam Fernández de Asencios, acusó:
Que el Tribunal ad quem incurrió en infracción y violación a la norma, e interpretación errónea y aplicación indebida de la ley de los arts. 205 del CPT, 219 y 227 del CPC, al considerar en el auto de vista que el recurso de apelación de fs. 838 a 841, no expresó los agravios sufridos; posición del Tribunal de alzada carente de seriedad, toda vez que en el punto III-3 de la resolución de vista, se resume la expresión de agravios respecto a la prescripción con relación a la CPE, y que el Juez a quo no consideró que al momento de la ruptura del vínculo laboral ya estaba en vigencia la nueva CPE, por lo tanto no correspondía aplicar la prescripción, en el entendido que la relación laboral entre partes concluyó dentro de dicha vigencia, debiendo aplicarse la imprescriptibilidad de los derechos establecidos en el art. 48.IV de la CPE y no así el art. 120 de la LGT, argumentación que fue advertida por su parte desde el inicio de la demanda