Auto Supremo AS/0336/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0336/2018

Fecha: 31-Oct-2018

Nótese que, para beneficiarse del subsidio de frontera, el único requisito o condición, independientemente de

Nótese que, para beneficiarse del subsidio de frontera, el único requisito o condición, independientemente de que el empleado sea público o privado, es que preste sus servicios, dentro de un área comprendida dentro de cincuenta (50) kilómetros lineales con las fronteras internacionales, sin hacer mención o distinción sobre la naturaleza de los trabajos a realizarse o los tipos de contratos que puedan suscribirse, es decir, si son eventuales, indefinidos, a plazo fijo u otros. Asimismo, tal como lo dejo claramente establecida la resolución hoy impugnada, el D.S. 21137 en ninguna de sus partes determina que se debe hacer una apreciación exacta señalando coordenadas para el cumplimiento del pago del subsidio de frontera