Auto Supremo AS/0529/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0529/2018

Fecha: 02-Oct-2018

Igualmente argumentó que no son evidentes las causales de nulidad ni las de casación, resultando

Igualmente argumentó que no son evidentes las causales de nulidad ni las de casación, resultando sólo un recurso dilatorio, puesto que el presente proceso es especial, porque busca el resguardo de los derechos de manera efectiva e inmediata, al no ser controvertidos, citando al efecto los arts. 1 núm. 17, 65 núm. 3 de la Ley Nº 439, afirmando que el recurso de casación en el fondo, reitera los argumentos del recurso de casación en la forma, concluyendo que el pago parcial, no es reconocido por la normativa, ni es fundamento procesal jurídico valido para oponer una excepción de pago y los pagos alegados, fueron efectuados luego de haberse iniciado el presente proceso. Es decir, los gastos judiciales constituyen una obligación ineludible, por ser parte indivisible del título coactivo, por lo que concluyó solicitando que se rechace o declare la improcedencia del recurso de casación y la consiguiente ejecutoria del Auto de Vista, con costas