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2.- Para finalizar y en relación a que el Tribunal de alzada, hubiera pronunciado un fallo mas allá de lo pedido en el recurso de apelación, dicha afirmación no es correcta, por cuanto revisado el recurso de apelación cursante a fs. 363 a 369, se tiene que en los puntos 2 y 3 del mencionado recurso, Laboratorios BAGÓ BOLIVIA S.A. en su calidad de demandado, expresa como agravios que el pago por concepto de “PREMIO”, no forma parte del promedio indemnizable, por no corresponder a un pago regular y menos permanente, alegando vulneración a la previsión del art. 11 del D.S. Nº 1592 y de igual manera alega que dicho pago constituye una recompensa pecuniaria que se otorga a los trabajadores por motivos especiales y/o aislados, y no era un pago que pueda ser considerado como un pago mensual percibido; de lo cual se observa que el Auto de Vista recurrido, es congruente con los agravios expuestos en el recurso de apelación
- Demandado: Laboratorios BAGÓ BOLIVIA S.A
- Materia: Beneficios Sociales
- Distrito: La Paz
- Tramitado el proceso laboral por el pago de reliquidación de beneficios sociales seguido por Armando
- Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, la parte demandante Armando Ricardo Archondo Rivera, interpone
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de
- Por otra parte sostiene el recurrente, que el Tribunal de alzada, hubiera pronunciado un fallo
- En conclusión, solicita al Tribunal Supremo de Justicia, que en el fondo CASE el Auto
- III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y JURISPRUDENCIALES DEL FALLO
- En ese sentido, tanto la doctrina como la diversa jurisprudencia es coincidente al afirmar que
- En relación con las normas precedentemente glosadas, se establece que el promedio salarial indemnizable está
- Por otra parte, en relación a los componentes del salario promedio indemnizable, se debe considerar
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
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- Sobre éste particular, el Tribunal de Casación tiene dicho que “El bono de producción, es
- En ese contexto, y si bien en el caso en particular, no se debate sobre
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- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
