Auto Supremo AS/0569/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0569/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Tramitado el proceso laboral por el pago de reliquidación de beneficios sociales seguido por Armando

Magistrada Relatora: Dra. María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Armando Ricardo Archondo Rivera, cursante a fs. 661 a 667 de obrados en contra del Auto de Vista Nº 34/2017 – SSA-I de fecha 20 de septiembre de 2017, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; el Auto Supremo Nº 315-A de 21 de julio de 2017 de fs. 676 a 676 vta., que admitió el recurso; lo obrado en el proceso; y:
I: ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia.-
Tramitado el proceso laboral por el pago de reliquidación de beneficios sociales seguido por Armando Ricardo Archondo Rivera en contra de Laboratorios BAGÓ BOLIVIA S.A.; la Juez de Partido Sexto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 168/2014 de fecha 17 de septiembre de 2014 de fs. 342 a 356, declarando probada en parte la demanda de reliquidación de beneficios sociales y probada en parte la excepción perentoria de pago, determinando que Laboratorios BAGÓ BOLIVIA S.A., cancele a favor del actor conforme al siguiente detalle: Indemnización, desahucio, aguinaldo duodécimas gestión 2012, vacaciones duodécimas de la gestión 2011 a 2012, prima duodécimas de la gestión 2012 y sueldo de julio de la gestión 2012, la suma total de Bs. 172,256.78 (CIENTO SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS 78/100 BOLIVIANOS), no obstante de ello, la sentencia de primera instancia es enmendada y complementada en relación a la liquidación efectuada, a través del Auto de fecha 27 de octubre de 2014, cursante a fs. 372, el cual en conclusión determina que Laboratorios BAGÓ BOLIVIA S.A., cancele a favor del actor conforme al siguiente detalle: Indemnización, desahucio, aguinaldo duodécimas gestión 2012, vacación de la gestión 2011 18.5 días y vacación de la gestión 2012 15.4, prima duodécimas de la gestión 2012 y sueldo de julio de la gestión 2012, la suma total de Bs. 245,156.05 (DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS 05/100 BOLIVIANOS)