Auto Supremo AS/0594/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0594/2018

Fecha: 30-Oct-2018

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm

En consecuencia, al haber el Tribunal de instancia incumplido normas procesales de orden público y obligatorio acatamiento conforme prevé el art. 90. I y II del Código de procedimiento Civil, corresponde decidir en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts., 17. I y II de la LOJ; 90. I y II del CPC (1975) y 220. III del Código Procesal Civil, concordante con el art. 271. 3, del CPC (1975).
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm.; Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), ANULA obrados hasta el decreto de admisión de la demanda cursante a fs. 46 inclusive y DISPONE que, el Tribunal de instancia, en la vía de saneamiento procesal, haga notar al demandante la reconducción de su demanda, de conformidad a los razonamientos expuestos en la presente decisión