Respecto al quinto motivo, señala que el Tribunal de alzada, no solo ha realizado una
En relación con lo anterior y de igual manera que el anterior motivo resulta ser copia de lo reclamado en apelación restringida; también, la parte recurrente no invoca ningún precedente y por ende no explica cual la supuesta contradicción conforme exigen los arts. 416 y 417 del CPP; además, se constata que su denuncia está relacionada directamente a presuntos defectos cometidos en la Sentencia, olvidándose que el recurso de casación se encuentra diseñado para contrastar el Auto de Vista, en todo caso, se limita a señalar que la Resolución de Alzada no hubiese fundamentado respecto a la determinación de la pena, la autoría del hecho, la deliberación hecha por el Tribunal, la valoración de la prueba testifical, sin realizar mayor explicación o fundamentación, deviniendo el motivo en inadmisible.
Respecto al quinto motivo, señala que el Tribunal de alzada, no solo ha realizado una incorrecta y subjetiva apreciación de los hechos, sino que en franca vulneración al principio de inocencia los declaró autores y participes, sin siquiera determinar el grado de participación, que la prueba mal valorada y considerada es la misma de Sentencia. Finaliza indicando que en juicio oral no se presentaron a declarar los testigos de cargo, por lo que significa que no se puede conculcar el derecho a la libertad por una simple presunción, por lo que no se admite una Sentencia basada en presunciones
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, los imputados Rolando Flores Fernández, Efraín Baltazar Flores y Lucio Trujillo
- Por diligencia de 23 de agosto de 2018 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En otro acápite, la parte recurrente reclama que el día del operativo fueron detenidas ocho
- También refiere la parte recurrente, que la Sentencia y el Auto de Vista impugnado lejos
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 23 de agosto de 2018, fueron
- En cuanto a los demás requisitos se evidencia que la parte recurrente en el primer
- En el segundo motivo, se alega que, el Tribunal de origen no podía sancionar por
- En relación a la Sentencia Constitucional 1312/2003-R de 9 de septiembre, debe aclararse que conforme
- Si bien se refiere al principio de congruencia y al debido proceso; sin embargo de
- Respecto al tercer motivo, se denuncia que, el día del operativo fueron detenidas ocho personas,
- Al respecto, se constata que el recurso de casación de la parte recurrente es fiel
- Con referencia al cuarto motivo, se alega que, la Sentencia y el Auto de Vista
- Respecto al quinto motivo, señala que el Tribunal de alzada, no solo ha realizado una
- Ahora bien, esta Sala Penal evidencia que la parte recurrente refirió vulneración al principio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
