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    Auto Supremo AS/0939/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0939/2018

    Fecha: 01-Oct-2018

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    • Proceso: Usucapión decenal
    • CONSIDERANDO I
    • CONSIDERANDO II
    • 2
    • 3
    • Por lo expuesto solicita se dicte resolución revocando el auto de vista impugnado
    • No cursa respuesta al recurso de casación
    • CONSIDERANDO III
    • III.2. Sobre los presupuestos de la usucapión decenal o extraordinaria
    • La usucapión es un modo de adquirir la propiedad por haberla poseído durante el tiempo
    • En ese orden, en lo referente a la usucapión decenal o extraordinaria, respecto al primer
    • Ahora bien en cuanto al segundo presupuesto, se tiene que el elemento esencial en este
    • Finalmente, en el caso de que se acredite que existe posesión, en sus dos elementos,
    • A decir del art
    • Entendiéndose de ello, que el titulo puede ser de diversa naturaleza; tal como un contrato
    • Finalmente, en base a los criterios del referido autor Cabrera Rodríguez, cabe señalar, que la
    • CONSIDERANDO IV
    • A tal efecto, se tiene que en los referidos puntos del recurso de casación, la
    • Al respecto, corresponde tener presente que de acuerdo a lo establecido por el art
    • En ese entendido, cuando hablamos de detentación como causa de la posesión, es preciso entender
    • Sin duda la primera forma de interversión denominada “interversión unilateral”, es la que más desarrollo
    • El primer elemento, debe ser concebido como la voluntad de poseer por sí del ocupante
    • Por otra parte, en lo que concierne a la “interversión por terceros”, autores como Papaño,
    • Todo lo expuesto hasta ahora, sin duda nos permite entender que la interversión del título,
    • En el caso de autos, la actora, a más de exteriorizar las simples manifestaciones de
    • En ese marco de una revisión de la actividad probatoria desarrollada por la recurrente, se
    • Finalmente lo concerniente al punto 4) del recurso de casación, resulta inconsistente, en sentido de
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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