Auto Supremo AS/0939/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0939/2018

Fecha: 01-Oct-2018

CONSIDERANDO II

Resolución de primera instancia que fue apelada por Ana Paulina Lopez de Palomino, mediante el escrito que cursa de fs. 149 a 151, a cuyo efecto la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz mediante el Auto de Vista N° 345/2017 de fecha 08 de septiembre, cursante de fs. 176 a 177, CONFIRMÓ la sentencia antes mencionada, arguyendo que de acuerdo a la literal a fs. 2 y vta., consistente en un contrato de anticrético de fecha 28 de septiembre de 1987, y la Escritura Pública Nº 3176/93, sobre renovación de contrato de anticrético suscrito entre la actora y los demandados, se evidencia que la actora no ingreso a ocupar el bien inmueble objeto de litis con el ánimo de poseer y menos de ser propietaria, de lo que se establece que la demandante es solamente detentadora, por cuyas razones lo resuelto por el Juez A-quo corresponde, teniendo presente el art. 90 del Código Civil.
Esta resolución fue impugnada mediante el recurso de casación de fs. 197 a 198 vta., interpuesto por Ana Paulina Lopez de Palomino, el cual se analiza.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
1.Indica que los demandado desde el año 1986 hasta el presente, nunca han reclamado su derecho propietario sobre el inmueble pretendido, por lo que no existiría la interrupción civil ni la natural de prescripción respecto a su posesión