Auto Supremo AS/0948/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0948/2018-RA

Fecha: 16-Oct-2018

Refiere que el Tribunal de alzada, olvidó su deber de observar la Constitución, la Ley


Refiere que el Tribunal de alzada, olvidó su deber de observar la Constitución, la Ley y el bloque de Constitucionalidad conforme a la jurisprudencia constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, incumpliendo el mandato de los arts. 115.II, 180.II, 203 y 256 de la CPE, vulnerando el debido proceso en su elemento seguridad jurídica y congruencia, además de los principios de acceso efectivo a la justicia y tantum devolutum quantum apellatio, al no haber garantizado su recurso, pues: a) No se habría pronunciado sobre la falta de valoración de la prueba testifical de descargo, constituyendo un defecto absoluto insubsanable, pues la resolución debió responder a todos y cada uno de los puntos apelados; b) No habría resuelto la denuncia sobre inobservancia del art. 13 del CP, atinando a mencionar el reclamo (mencionando inobservancia de la los arts. 13, 20 y 252 del CP), pero sin analizar la procedencia o improcedencia del mismo, considerando por ello el fallo de alzada infra petita o ex silentio; y, c) No habría valorado las testificales de Steven Figueroa, Himmel Juan Donaire López, el taxista y la dueña de la tienda; existiendo simplemente copia de partes de Autos Supremos con relación al art. 252 del CP, sin analizar el caso concreto, pues contrariamente a lo afirmado en el Auto de Vista –pág. 42-, jamás se alegó vulneración del art. 24 del CP; por último manifiesta la existencia de un pronunciamiento por inercia sobre los arts. 20 y 252 del CP, cuando lo correcto habría sido un pronunciamiento individual con relación a cada denuncia