Auto Supremo AS/0958/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0958/2018-RA

Fecha: 16-Oct-2018

Sobre este motivo se advierte que el recurrente, conforme prevén los arts


En el cuarto motivo denuncia que el Auto de Vista impugnado incurre en insuficiente fundamentación, debido a que en el recurso de apelación restringida señaló que no existía las pruebas necesarias para su condena y que en ningún momento se indicó que Álvaro Pocoaca Matías sería el principal o al menos que lo hubieran encontrado en flagrancia, aspecto no considerado ni tratado por el Tribunal de alzada, en incumplimiento del art. 398 del CPP; asimismo, no se ha pronunciado ni fundamentado respeto a los motivos que agravan la pena impuesta por la Juez a quo, en vulneración de su derecho al debido proceso en su elemento debida fundamentación. Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 034 de 7 de febrero de 2009, referido a la falta de fundamentación; 45/2012 de 14 de marzo y 020/2012 de 7 de febrero, referidos a la debida fundamentación.

Sobre este motivo se advierte que el recurrente, conforme prevén los arts. 416 y 417 del CPP, invoca y contrasta formalmente el precedente contradictorio contenido en los Autos Supremos 034 de 7 de febrero de 2009, referido a la falta de fundamentación, 45/2012 de 14 de marzo y 020/2012 de 7 de febrero, referidos a la debida fundamentación; debido a que identifica disposiciones inobservadas y erróneamente aplicadas en el Auto de Vista impugnado y las contrasta con el sentido jurídico otorgado al precedente invocado sobre el hecho presuntamente similar, desarrollando la solución pretendida que permita superar dicho error, considerando que la problemática coincidente desarrolla la falta de debida fundamentación y motivación, que en el presente motivo se asienta sobre lo fundamentado por el Tribunal de alzada con relación al reclamo de inexistencia de pruebas suficientes para establecer su culpabilidad, y sobre la ausencia de debida fundamentación para el agravamiento de la sanción penal, correspondiendo a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de este motivo; deviniendo en admisible