Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1004/2018
Fecha: 05-Oct-2018
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Chacon
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Proceso: Nulidad de Escritura Pública y testamento abierto
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Distrito: La Paz
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CONSIDERANDO I
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2
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3
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Erick Sossa Rocha en representación legal de los demandados en el recurso de casación en
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-Inadecuada valoración de la prueba con error de hecho en relación al testimonio notariado de
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II.2. Recurso de casación en la forma
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Acusó incongruencia omisiva a momento de dictar el auto complementario de 30 de agosto de
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Solicitó se pronuncie resolución, casando el Auto de Vista impugnado, declarando válida y legal la
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De la respuesta al recurso de casación
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Notificados con el traslado al recurso interpuesto (fs
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CONSIDERANDO III
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La acción de nulidad está regulada por el art
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En este antecedente, se debe precisar que del análisis del art
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Al respecto, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 252/2013 de 17 de
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La causa es lícita cuando es conforme al orden público o las buenas costumbres y
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En cuanto al motivo ilícito el Auto Supremo Nº 311/2013 de 17 de junio, orientó
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Asimismo diremos que el objeto del contrato, se encuentra constituido por el conjunto de las
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En cuanto al inc
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III.2. De la valoración de la prueba
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Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
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El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
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Por otra parte, respecto a la actividad valorativa de la prueba por parte de los
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III.3. De la diferencia entre contrato, minuta, protocolo y escritura pública
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Finalmente, diremos que el Testimonio, no es más que una copia fiel que extiende el
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Tomando en cuenta que los recurrentes plantearon recurso de casación tanto en el fondo como
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En relación al recurso de casación en la forma
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Bajo el entendimiento anotado, no se encuentra en el Auto de fs
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Sobre la supuesta contravención al art
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El art
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Sin embargo, se considera necesario aclarar que el auto complementario de fs
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Ahora bien, efectivamente en el auto complementario señalado precedentemente, se encuentra suscrito por un Vocal
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En relación al recurso de casación en el fondo
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Básicamente los recurrentes arguyen que la resolución del Ad quem, transgrede el art
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En este punto cabe aclarar los siguientes aspectos: En primer lugar debe tenerse en cuenta
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de compra venta de bien inmueble suscrita entre el causante-vendedor, Marcelino Gutiérrez Rodríguez y German
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Por otra parte, cuando el Ad quem funda su decisión en el art
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El razonamiento precedente, permite afirmar que no son evidentes las infracciones acusadas por los recurrentes
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La fundamentación de la presente resolución determina que el recurso de casación deducido por los
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respuesta al recurso
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Relator: Magistrado Marco Ernesto Jaimes Molina.
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