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    Auto Supremo AS/1012/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1012/2018

    Fecha: 05-Oct-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Proceso: Mejor derecho propietario
    • Distrito: Chuquisaca
    • CONSIDERANDO I
    • 3
    • De la revisión del recurso de casación de fs
    • - Acusan violación del art
    • - El Auto de Vista expone conclusiones contradictorias a la sentencia, toda vez que en
    • - Señalan que en sentencia se estableció que el 77% de su propiedad se encuentra
    • - Afirman que la relevancia constitucional que tiene la violación del art
    • Solicita se dicte Auto Supremo anulando el Auto de Vista y disponiendo que se dicte
    • II.2. En el fondo
    • - Acusan que el Auto de Vista fue pronunciado con errónea aplicación del art
    • - Afirman que tienen legalmente probado su derecho propietario sobre el inmueble objeto del litigio,
    • - Indican que se transgredió el art
    • - Sostienen que en Alzada lo único que se debió verificar es quién tenía prioridad
    • Los recurrentes solicitan se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista y en el
    • De la contestación al recurso de casación
    • III.1. De las nulidades procesales
    • La línea Jurisprudencial sentada por este Tribunal Supremo en sus diferentes Autos Supremos sobre materia
    • III.2. De la congruencia y pertinencia de las resoluciones
    • En relación a la congruencia externa e interna que debe guardar toda resolución, el Auto
    • III.3. De la incongruencia omisiva y su trascendencia
    • En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
    • En este antecedente, el Tribunal de Casación a momento de realizar el análisis sobre los
    • Del análisis exhaustivo del recurso interpuesto, contrastado con los datos venidos a este Tribunal y
    • Los recurrentes básicamente centran el fundamento de su recurso aduciendo que el Auto de Vista
    • No obstante, del error en que incurren los recurrentes al realizar una cita impertinente de
    • A este fin se tiene que, conforme se establece del fundamento del recurso de apelación
    • En consecuencia, a más del error en el que incurren los recurrentes al citar una
    • Tampoco resulta evidente que en alzada se haya restado relevancia y trascendencia jurídica a la
    • Por todo lo expuesto, no resultan evidentes los agravios referidos en el recurso de casación
    • En cuanto al recurso de casación en el fondo
    • Se acusa errónea aplicación del art
    • Conforme se fundamentó en el acápite precedente referido al recurso de casación en la forma,
    • En efecto, el testimonio de escritura de compra venta cuya data es del 22 de
    • Por su parte la entidad demandada, en cumplimiento de la Ley Nº 2028 de Municipalidades,
    • En este mismo sentido, debe tenerse presente que el art 85 de la Ley Nº
    • Una característica importante a considerar para la procedencia de la acción de reconocimiento de mejor
    • Por todo lo expuesto, se concluye que el Ad que, al confirmar la sentencia de
    • Corresponde entonces resolver el recurso en estudio aplicando el art. 220.II del Código Procesal Civil
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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