Auto Supremo AS/1012/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1012/2018

Fecha: 05-Oct-2018

- Acusan que el Auto de Vista fue pronunciado con errónea aplicación del art

- Acusan que el Auto de Vista fue pronunciado con errónea aplicación del art. 1238.I del Código Civil y art. 85 de la Ley de Municipalidades, violando también el art. 1538 de la norma Sustantiva Civil, que se produce cuando el Auto de Vista sostiene que los actuales recurrentes no habrían probado que la totalidad de la propiedad la haya adquirido legalmente de los anteriores propietarios, siendo así que en sentencia se reconoce el antecedente dominial de la compra, es decir que se tiene por probada la venta efectuada por los anteriores propietarios, Marcelino Serrudo e Irene Matienzo de Serrudo, quienes a su vez adquririeron ese inmueble de Edmundo Zelaya Seoane