Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1058/2018
Fecha: 30-Oct-2018
III.2. De la Competencia
III.2. De la Competencia
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Proceso: Nulidad de escritura pública
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Distrito: Tarija
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Del mismo modo, la citada autoridad de primera instancia, ante las solicitudes de corrección, aclaración
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Del mismo modo aclaran que su pretensión no estaba dirigida a lograr la nulidad de
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En virtud a dichos reclamos solicitan se anule el auto de vista recurrido o en
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De la respuesta a los recursos de casación
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Reider Hipólito Cari Cruz en su calidad de Secretario Municipal de Gestión Territorial y Ambiental
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-Refiere que el juez A quo habría realizado una correcta valoración de la Escritura Pública
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-Que el A quo no habría incurrido en incongruencia, ya que habría realizado un razonamiento
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En razón a dichos antecedentes diremos que
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III.1. De la nulidad de oficio
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El art
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Al respecto, el art
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III.2. De la Competencia
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III
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Sobre el tema de la competencia contenciosa administrativa referente a resoluciones Municipales, a través
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Para el tratadista Hugo Caldera, "El Acto Administrativo constituye una exteriorización unilateral de competencia por
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Como se podrá advertir, el acto administrativo es una declaración unilateral del funcionario o autoridad
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a
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Sin embargo, la justicia Constitucional a través de la acción de amparo Constitucional no puede
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Entonces para no dejar en indefensión al ciudadano frente al poder público y específicamente los
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La interpretación antes dicha emerge de la interpretación del art
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Bajo esa interpretación Constitucional, es que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia ha
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Así de esta manera conforme a los arts
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De acuerdo a la relación cronológica de antecedentes legales que sustentan la vía del proceso
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Conocer y resolver las demandas contenciosas administrativas a nivel departamental, que resultaren de la oposición
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“…Al respecto, esta petición no es del todo correcta, pues no puede impugnarse las escrituras
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Que, la Jurisdicción es la potestad que tiene el Estado de administrar justicia por medio
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III.4. De la nulidad del registro en Derechos Reales
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En principio corresponde referir que las figuras que reconoce nuestro ordenamiento jurídico para dejar sin
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3) Se declare judicialmente la nulidad del título en virtud del cual se ha hecho
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Asimismo el Auto Supremo AS Nº 705/2014 de fecha 2 de diciembre, en consonancia ha
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A mayor abundamiento el Auto Supremo Nº 376/2015 de fecha 2 de Junio 2015
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CONSIDERANDO IV
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-Que la Ordenanza Municipal Nº 25/2005 (inmerso en la citada EE
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-Que en el objeto del contrato faltaría los requisitos señalados por Ley
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-Que la causa y motivo que impulsó al municipio de Villa Montes a apropiarse de
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Ahora bien, si bien los arts
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Consiguientemente, se concluye que en el caso de Autos, tanto el Juez A quo que
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Por todo lo expuesto, corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia fallar en la forma
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Siendo excusable el error en que han incurrido los Vocales del Tribunal de Segunda Instancia
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berríos Albizu.
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