Auto Supremo AS/1060/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1060/2018

Fecha: 30-Oct-2018

De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en

Con relación a la inspección judicial, éste identifica la sobreposición entre la parte ocupada por Bruno Santos Ríos con el terreno de los reconvencionistas.
Finalmente señaló el Tribunal de alzada que si bien el informe pericial, el folio real y el formulario de impuesto a la propiedad señalado por los apelantes difieren en algunos datos técnicos, no cabe duda de que se trata del mismo terreno, el informe pericial determina cabalmente donde está ubicado el terreno y demuestra la sobre posición en el terreno, haciendo constar que la superficie es coincidente con el folio real y el formulario de impuesto a la propiedad.
En ese sentido el Tribunal de segunda instancia señaló que la a quo realizó una correcta valoración probatoria conforme el art. 145 del Código Procesal Civil.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en calidad de resumen las siguientes:
En el fondo
1. Acusaron que el Tribunal de alzada dio por demostrado el derecho propietario, cuando el folio real de fs. 193 y 194, solo demuestra el derecho propietario de Carlos Casazola Morales más no así de los actores, al margen de que dicha documental no señalaría la extensión de las colindancias, datos que resultarían esenciales para efectuar estudios técnicos de ubicación, al margen de que el registro del inmueble objeto de la litis se encontraría en el Libro Agrario