Auto Supremo AS/1061/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1061/2018

Fecha: 30-Oct-2018

-El Auto de Vista confirma dicha determinación señalando que el demandante y la Sra

-El Auto de Vista confirma dicha determinación señalando que el demandante y la Sra. María Rosario Moreno Sánchez, no han producido prueba idónea acreditando que ejercieron posesión corporal sobre el bien objeto de Litis y los certificados de matrimonio y nacimiento ponen de manifiesto la existencia de un vínculo de parentesco por afinidad entre ambos y que si bien el demandante tiene inscrito su derecho propietario bajo la matrícula computarizada Nº 7101010016388, empero no es cierto que la ubicación coincida con la del bien objeto de debate inicialmente inscrito a nombre del sr. Fredy Olivera Orellana y Ercilia Velarde de Olivera y actualmente a nombre Sr. Orlando Nogales Ferrufino y María Luz Baria Llanos, pues la ubicación del inmueble del demandante Arcelio Gonzales Heredia inicialmente tenía la ubicación “U.V. Nº16, Mzo. Nº3 lote Nº 16A” según formulario de impuesto de fs. 08 con una superficie de “1.030,50 mts.2” y los siguientes límites y colindancias: “Al norte mide 55.45 metros y colinda con la Av. Patuju, al sur mide 44.37 metros y colinda con el lote Nº 15, al Este mide 8,78 metros y colinda con el lote Nº1 y la oeste mide 37 metros y colinda con la calle Zarao” según consta en el testimonio de fs. 14 a 15 y de manera posterior ésta ubicación superficie límites y colindancias fue modificada de manera unilateral por la Sra. María Rosario Moreno Sánchez para que coincida con la ubicación del inmueble objeto de Litis