Auto Supremo AS/1061/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1061/2018

Fecha: 30-Oct-2018

En virtud a los fundamentos expuestos en la doctrina aplicable al caso de autos, específicamente

En virtud a los fundamentos expuestos en la doctrina aplicable al caso de autos, específicamente en los puntos III.1 y III.2., donde se dejó establecido, entre otros extremos, que la nulidad de obrados puede ser declarada no solo a petición de parte sino también de oficio, siempre y cuando las infracciones advertidas se encuentren expresamente calificadas por Ley y estas atenten al orden público; es que corresponde a continuación, en estricta aplicación de los principios de eficacia y verdad material, que se encuentran consagrados en la Constitución Política del Estado, realizar la revisión de oficio de lo obrado en el proceso y de esta manera verificar la existencia o no de vicios procesales