Con relación al pago de horas extraordinarias, de acuerdo al Reglamento Interno de EMAVERDE, la
Con relación al pago de horas extraordinarias, de acuerdo al Reglamento Interno de EMAVERDE, la jornada laboral para el trabajador a contrato es de lunes a viernes, 8 horas diarias y sábados 4 horas, totalizando 44 horas por semana, límite que se encuentra dentro de la previsión del art. 46 de la Ley General del Trabajo (LGT); además, la legislación laboral prevé que las horas extraordinarias requieren autorización previa de la Inspección del Trabajo, a solicitud de los empleadores, para que sus trabajadores realicen trabajos extraordinarios, extremo no demostrado por los trabajadores
- La demanda laboral de Pago de Beneficios Sociales incoada por Octavio Apaza Mamani y Basilio
- Auto de Vista
- En apelación interpuesta por EMAVERDE, por Octavio Apaza Mamani y Basilio Condori Mamani, la Sala
- El Auto de Vista motivó que EMAVERDE, formule recurso de casación en el fondo, cursante
- Con relación a la tácita reconducción, la misma no procede, pues a la conclusión de
- Con referencia a la causal de desvinculación laboral, al ser el desahucio una compensación en
- Con relación al pago de horas extraordinarias, de acuerdo al Reglamento Interno de EMAVERDE, la
- Respecto al pago de vacaciones, para que un trabajador sea acreedor a ese derecho, debía
- En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia Case el Auto
- De la revisión de antecedentes procesales, se evidencia que la controversia en el caso presente,
- De igual forma, el art
- Concordante con lo señalado, el art
- En esa virtud, la Norma Suprema considera el derecho al trabajo como un derecho social,
- La Constitución Política del Estado, consagra el derecho al trabajo como un derecho fundamental, tal
- En ese sentido, el DS 28699 de 1 de mayo de 2006, en su art
- Los criterios descritos en torno al derecho al trabajo y la estabilidad laboral se encuentran
- El parágrafo III del art
- A ese efecto el Convenio C-158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “Sobre la
- Tal como se dijo hasta aquí, el trabajador tiene el derecho de conservar su empleo
- Para que un despido pueda ser calificado como justificado dentro del espectro que la legislación
- Con lo expuesto, se debe admitir que un despido justificado, no necesariamente consulta con el
- El numeral 3 del art
- Por lo que se concluye que a partir del 28 de octubre de 1999, fecha
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- En el caso sometido a análisis, a través del recurso de casación interpuesto, se tiene
- Al respecto, la Constitución Política del Estado, consagra el derecho al trabajo como un derecho
- En ese sentido el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, en su
- Desde el 28 de octubre de 1999 fecha de promulgación de la Ley Nº 2028
- En ese sentido, queda establecido que los ex trabajadores ahora demandantes se encuentran bajo la
- Establecida que la relación laboral entre EMAVERDE y Octavio Apaza Mamani y Basilio Condori Mamani,
- Siendo evidente que la relación laboral reunía las características de indefinida, al cumplir los demandantes
- Con relación a las horas extraordinarias, el art
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, al no ser ciertas las infracciones acusadas en
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
