En ese sentido el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, en su
En ese sentido el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, en su art. 4 ratifica la vigencia plena en las relaciones laborales, del principio protector, con sus reglas del in dubio pro operario y de la condición más beneficiosa, así como los principios de continuidad o estabilidad de la relación laboral, de primacía de la realidad y de no discriminación. Por su parte el art. 11.I del citado precepto establece: "Se reconoce la estabilidad laboral a favor de todos los trabajadores asalariados de acuerdo a la naturaleza de la relación laboral, en los marcos señalados por la Ley General del Trabajo y sus disposiciones reglamentarias"
- La demanda laboral de Pago de Beneficios Sociales incoada por Octavio Apaza Mamani y Basilio
- Auto de Vista
- En apelación interpuesta por EMAVERDE, por Octavio Apaza Mamani y Basilio Condori Mamani, la Sala
- El Auto de Vista motivó que EMAVERDE, formule recurso de casación en el fondo, cursante
- Con relación a la tácita reconducción, la misma no procede, pues a la conclusión de
- Con referencia a la causal de desvinculación laboral, al ser el desahucio una compensación en
- Con relación al pago de horas extraordinarias, de acuerdo al Reglamento Interno de EMAVERDE, la
- Respecto al pago de vacaciones, para que un trabajador sea acreedor a ese derecho, debía
- En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia Case el Auto
- De la revisión de antecedentes procesales, se evidencia que la controversia en el caso presente,
- De igual forma, el art
- Concordante con lo señalado, el art
- En esa virtud, la Norma Suprema considera el derecho al trabajo como un derecho social,
- La Constitución Política del Estado, consagra el derecho al trabajo como un derecho fundamental, tal
- En ese sentido, el DS 28699 de 1 de mayo de 2006, en su art
- Los criterios descritos en torno al derecho al trabajo y la estabilidad laboral se encuentran
- El parágrafo III del art
- A ese efecto el Convenio C-158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “Sobre la
- Tal como se dijo hasta aquí, el trabajador tiene el derecho de conservar su empleo
- Para que un despido pueda ser calificado como justificado dentro del espectro que la legislación
- Con lo expuesto, se debe admitir que un despido justificado, no necesariamente consulta con el
- El numeral 3 del art
- Por lo que se concluye que a partir del 28 de octubre de 1999, fecha
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- En el caso sometido a análisis, a través del recurso de casación interpuesto, se tiene
- Al respecto, la Constitución Política del Estado, consagra el derecho al trabajo como un derecho
- En ese sentido el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, en su
- Desde el 28 de octubre de 1999 fecha de promulgación de la Ley Nº 2028
- En ese sentido, queda establecido que los ex trabajadores ahora demandantes se encuentran bajo la
- Establecida que la relación laboral entre EMAVERDE y Octavio Apaza Mamani y Basilio Condori Mamani,
- Siendo evidente que la relación laboral reunía las características de indefinida, al cumplir los demandantes
- Con relación a las horas extraordinarias, el art
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, al no ser ciertas las infracciones acusadas en
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
