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    Auto Supremo AS/0961/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0961/2018-RRC

    Fecha: 01-Nov-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 5 de octubre de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 172/2018-RA de 21 de marzo,
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
    • Del Análisis, consideración y valoración de las pruebas aportadas por la Fiscalía y acusador particular
    • Se probó que los alumnos de primer y segundo año de la gestión 2015; no
    • Como hecho no probado a lo manifestado por el acusado de no ser funcionario público
    • Con relación al delito de Incumplimiento de Deberes; el Tribunal consideró que este tipo penal
    • Con referencia al delito de concusión; el Tribunal consideró que no concurrieron los elementos que
    • II.2. De la apelación restringida
    • El acusado Arturo Saavedra Solíz, interpuso recurso de apelación restringida; del cual, se pasarán a
    • Acusó con relación al fondo del juicio (in iudicando), manifestando que de no ser por
    • Con referencia al delito de Beneficios en Razón del Cargo, refiere que ninguno de los
    • Con relación a la precitada Sentencia, el recurso de apelación restringida presentada por el acusado,
    • Del Auto de Vista impugnado acusado de inobservancia o errónea aplicación de la ley, errónea
    • III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
    • Siendo el recurso de casación, un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
    • De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
    • Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • III.2. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
    • Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
    • III.3. Análisis del caso concreto y el precedente contradictorio
    • III.3.1. Del derecho al debido proceso
    • Dentro de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia, respecto al debido proceso
    • III
    • Este Tribunal Supremo de Justicia, ha sentado doctrina sobre los razonamientos referidos al Juez imparcial
    • Con la finalidad de evitar dilaciones indebidas en el desenvolvimiento procesal, que produce retardación de
    • Con la finalidad de resolver el caso concreto, es preciso establecer que, existiendo alguna de
    • II
    • IV
    • “I. La recusación podrá ser interpuesta por una sola vez
    • 3.  En los recursos, dentro del plazo para expresar o contestar agravios
    • Entre las modificaciones previstas en el art
    • 2
    • 3
    • En cuanto a sus efectos de la excusa y recusación, el art
    • II. Las excusas y recusaciones deberán ser rechazadas in límine cuando
    • V
    • III.3.3. Del principio de preclusión
    • Desde el punto de vista doctrinal, la preclusión es un instituto jurídico, en virtud del
    • Edgardo Pallares, sostiene que la preclusión: "Es la situación procesal que se produce cuando alguna
    • Con relación al mismo tópico, la extinta Corte Suprema de Justicia, en el Auto Supremo
    • (
    • De lo referido, se puede concluir que el principio de preclusión se encuentra vinculado a
    • En el juicio oral, las partes pueden interponer las excepciones, incidentes, o recursos, o hacer
    • A fin de dar respuesta, al único motivo establecido en el Auto de Admisión del
    • De acuerdo a los datos del proceso y conforme a la normativa procesal penal desglosada
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
    • Se aclara que en aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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