Auto Supremo AS/0975/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0975/2018-RRC

Fecha: 06-Nov-2018

En el caso de autos conforme lo descrito en el punto B del acápite II


En el caso de autos conforme lo descrito en el punto B del acápite II.2 del presente fallo, se advierte que el Tribunal de alzada resolvió las circunstancias alegadas por la recurrente, explicando la razón por la cual no existiría en su criterio la defectuosa valoración probatoria denunciada. El análisis realizado por el Tribunal de apelación, tiene coherencia con el planteamiento realizado por la imputada, quien en su recurso identificó cinco circunstancias, cuestionando la valoración probatoria que realizó el Tribunal de Sentencia. Es decir, que no es evidente que la denuncia del defecto de sentencia fundado en la defectuosa valoración de la prueba –inc. 6) del art. 370 del CPP- haya tenido un resultado diferente al fallo invocado; toda vez, que si bien la norma habilitante en el agravio planteado por la hoy recurrente en su recurso de alzada, es idéntico al denunciado en el precedente invocado. Los fundamentos que sustentan esos agravios son distintos. En el caso del precedente, la proposición jurídica fue la defectuosa valoración probatoria; es decir, la inobservancia o errónea aplicación de las reglas de la sana crítica; defecto que no pudo ser controlado por el Tribunal de apelación; toda vez, que a tiempo de resolver la circunstancia planteada, advirtió que la sentencia entonces apelada, no contenía la apreciación intelectiva de la prueba, tanto individual como conjunta