Auto Supremo AS/1042/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1042/2018-RRC

Fecha: 23-Nov-2018

De los fundamentos precedentes, se establece que no es evidente lo denunciado por el recurrente,


En cuanto a la denuncia de que el defensor no apeló la sentencia, este elemento aislado resulta insuficiente para acreditar la vulneración del derecho a la defensa o el debido proceso generada en indefensión absoluta, pues conforme se tiene de los antecedentes, pese a conocer del proceso y realizar actos propios de su defensa, el recurrente fue declarado rebelde y fue notificado no sólo con esa decisión a través de edicto, sino también con la sentencia a través de la publicación de edicto en observancia de los arts. 105 y 106 del CPP-1972, conforme se advierte del edicto de fs. 579, teniendo en cuenta además que la última disposición legal dispone: “En el edicto para la notificación con la sentencia, se insertará sólo la parte dispositiva del fallo”, formalidad cumplida en el caso de autos.

Por último, con relación a la falta de notificación con el Auto de Vista de 9 de abril de 2012, no merece mayor consideración teniendo en cuenta que emergente de una acción de amparo constitucional, se dispuso la legal notificación con dicho actuado al recurrente, quien en ejercicio de su derecho a la defensa formuló el recurso de casación sujeto a análisis; lo que implica además, que ante la inexistencia de un auto de ejecutoria, los reclamos del recurrente carecen de asidero legal.

De los fundamentos precedentes, se establece que no es evidente lo denunciado por el recurrente, por ello corresponde declarar infundado el recurso