Auto Supremo AS/1080/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1080/2018

Fecha: 01-Nov-2018

Estableció también que dicha construcción nueva pertenece al demandante pero no logró demostrar que

Estableció también que dicha construcción nueva pertenece al demandante pero no logró demostrar que la esté poseyendo con el ánimo de propietario, según los presupuestos establecidos en el art. 87 del Código Civil, en función del principio de verdad material, la Juez de la causa obró con corrección al repeler la pretensión de usucapión, sin embargo a la par del principio del valor justicia está el de equidad, por lo que se hace imprescindible la devolución del valor de las construcciones introducidas en el bien inmueble motivo de litigio previa su tasación pericial a efectuarse en ejecución de sentencia