Auto Supremo AS/1080/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1080/2018

Fecha: 01-Nov-2018

La apreciación realizada al comprobante de empadronamiento en la Alcaldía en 1994, no merece mayor

Reclamó que el Tribunal de Alzada resaltó como si fuera de especial relevancia el hecho de que no existiera muro perimetral entre la propiedad pretendida y la de su madre; pero no razonó en el entendido que si los demandados hubieran vivido desde 1992 a 2011 tal como sostuvieron, entonces debieron erigir su propio muro perimetral y su propia salida; pero lo cierto es que nunca vivieron ahí.
Sostuvo que junto a su madre no tuvo problema de compartir con ella el pasillo, al igual que los servicios básicos y el pago de los mismos hasta el 2011 donde recién adquirió medidor propio; sin embargo siguen compartiendo el pago de servicios de agua y gas por ser más económicos, sin embargo las facturas de luz se las reputó en su contra respecto a que su posesión no fuera desde 1996 sino desde el 2011.
La apreciación realizada al comprobante de empadronamiento en la Alcaldía en 1994, no merece mayor atención; porque su posesión es desde 1996 junto a la posesión de documentos por ser quien realiza los pagos a los impuestos a nombre del demandado