Acusaron vulneración y errónea aplicación de los arts
Señalaron que en el Auto de Vista no se mencionaron menos compulsaron los agravios contenidos en los numerales 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del recurso de apelación incumpliendo los arts. 236 del Código de Procedimiento Civil y 265 de la Ley Nº 439, convirtiéndose así la Sentencia y Auto de Vista en resoluciones incongruentes, además de constituir la sentencia una resolución citra petitunm por no pronunciarse sobre pretensiones que debía contener el fallo (sic).
Recurso de casación en el fondo
Acusaron vulneración y errónea aplicación de los arts. 192 num. 2), 409 y 410 del Código de Procedimiento Civil, afirmando que en el contenido de la Escritura Pública Nº 1232/90 se utilizó una cédula de identidad inexistente, existiendo una doble identidad de la compradora
Recurso de casación en el fondo
Acusaron vulneración y errónea aplicación de los arts. 192 num. 2), 409 y 410 del Código de Procedimiento Civil, afirmando que en el contenido de la Escritura Pública Nº 1232/90 se utilizó una cédula de identidad inexistente, existiendo una doble identidad de la compradora
- “Casol” y otros
- Proceso: Nulidad de escrituras públicas y pago de daños y perjuicios
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 2
- 3
- 4
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Los recurrentes, señalaron que en el recurso de apelación se acusó falta de congruencia en
- Acusaron vulneración y errónea aplicación de los arts
- Señalaron que existió violación e incorrecta interpretación de los arts
- Solicitaron se pronuncie resolución casando la resolución recurrida y se declare probada la demanda anulando
- II.2. De la respuesta al recurso de casación
- Notificados los demandados con el traslado corrido al recurso en estudio, conforme consta a fs
- CONSIDERANDO III
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
- De igual forma, a través del Auto Supremo Nº 254/2014 se ha orientado que: “La
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- III.2. De la Sentencia incongruente citra petita
- Tomando como parámetro lo referido en el tópico anterior, ante la existencia de una resolución
- Lo expuesto tiene su sustento en la búsqueda del fin principal de la administración de
- CONSIDERANDO IV
- En relación a la falta de congruencia en la Sentencia y Auto de Vista, que
- Bajo ese entendimiento y revisada tanto la Sentencia cuanto el fallo del Tribunal de alzada,
- Consecuentemente, los Jueces de grado fallaron en consecuencia previo el análisis no solo del documento
- En relación al recurso de casación en el fondo, acusaron vulneración y errónea aplicación de
- En relación al reclamo en sentido que no fue considerado el documento privado de separación
- Siguiendo este razonamiento, en lo que hace a la valoración de la prueba, bajo el
- Finalmente, el agravio traído en casación referido a la violación e incorrecta interpretación de los
- La fundamentación precedente, en la resolución del recurso en estudio hace posible la aplicación del
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina
